domingo, 25 de octubre de 2009

Catecismo Tradicionalista

Catecismo Tradicionalista. Juan María Romá. Barcelona. 1934.
Impreso bajo el Reinado de S.M.C. don Alfonso Carlos, Duque de san Jaime
CATECISMO TRADICIONALISTA
DIOS
1. ¿Cuál es la divisa de la Comunión Tradicionalista?

Dios, Patria y Rey. La escribieron nuestros padres, que constituían la España católica y monárquica.

2. ¿Por qué decís que fue escrita por nuestros padres?
Porque la heredamos de nuestros mayores como rico patrimonio, como Ley fundamental del Reino, como lema glorioso de nuestras banderas, como grito de guerra contra nuestros enemigos.

3. ¿Tiene la sociedad, como el individuo, el deber de dar culto a Dios?
Lo tiene. La sociedad humana fue constituida por Dios, autor de la naturaleza, y de Él emana, como de principio y fuente, toda la copia y perennidad de los bienes en que la sociedad abunda.

4. ¿Qué religión ha de profesar el Estado?
Siendo necesario al Estado profesar una religión, como afirman los grandes Doctores, ha de ser la Católica, Apostólica y Romana, por ser la única verdadera.

5. ¿Puede un tradicionalista ser liberal?
No puede serlo, porque el liberalismo arranca del protestantismo y desciende en línea recta de los réprobos principios de Lutero, siendo uno de los principios a que obedece la negación de Dios en la gobernación de las cosas del mundo. Sin ser liberal se puede, y aún se debe, amar la verdadera libertad, que es hija de Dios.

6. ¿Cómo calificaba Pío IX al liberalismo católico?
De “peste, la más perniciosa, error insidioso y solapado, verdadera calamidad social, pacto entre la justicia y la iniquidad, pérfido enemigo, etc., etc.”.

7. ¿Qué nos impone el deber de ser católicos?
El de profesar abierta y constantemente la doctrina católica y propagarla cada uno según su saber y sus fuerzas, como también el de ser hijos sumisos del Papa y demás autoridades de la Santa Iglesia.

8. ¿Deben los tradicionalistas la Unidad Católica?
Sí. Es nuestro mayor timbre de gloria; y aún políticamente hablando, es el medio más eficaz para que haya unidad y unión en toda España. No por otro motivo, sino por este solo, es tan combatida, y le profesan tanto odio los sectarios y los incrédulos. Esto no obstante, sabemos muy bien que el creer ha de ser obra del entendimiento y de la voluntad por medio de la gracia divina, y que nada debe ser tan voluntario como la religión, la cual, por lo mismo de ser forzada, sería nula. No entienden así la libertad... los liberales, que nos querían hacer laicos a la fuerza.

PATRIA
9. ¿Qué quiere decir “Patria”?
La Patria es cosa natural. Es la herencia de nuestros padres, el tesoro de nuestros hijos, la tierra donde hemos nacido, el hogar que ha sido testigo de nuestras alegrías y de nuestros dolores, es la lengua que hemos aprendido y con la cual nos expresamos fácilmente...

10. ¿Es un deber de conciencia defenderla?
Por ley de naturaleza estamos obligados a amarla y defenderla, de tal manera, que todo buen ciudadano ha de estar pronto a arrostrar la misma muerte por su Patria.

11. ¿Qué relaciones deben de mediar entre la Iglesia y el Estado?
La Iglesia no puede ser sospechosa a los gobernantes ni a los pueblos. A los gobernantes les amonesta a seguir la justicia y a no desviarse jamás del deber, y al mismo tiempo refuerza su autoridad. Las cosas que se refieren al orden civil, la Iglesia no se las disputa, sino que reconoce que pertenecen a su autoridad y a su supremo imperio; en aquellas otras, cuyo juicio, por diverso aspecto, pertenecen a la potestad sagrada y civil, quiere la Iglesia que exista entre ambas potestades concordia.

12. ¿Qué cosas pertenecen a la Iglesia, y qué a la potestad civil?
Todo cuanto, de cualquier modo que sea, tenga razón de sagrado, y todo lo que pertenece a la salvación de las almas y al culto de Dios, todo ello cae bajo el dominio y arbitrio de la Iglesia; pero las demás que el régimen civil y político, como tal, abraza y comprende, justo es que le estén sujetas, puesto que Jesucristo mandó expresamente que se dé al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios.

13. Los pecados de la sociedad ¿son castigados en esta vida o en la otra?
La justicia de Dios tiene reservados, para los individuos, premios para las buenas obras, como castigos para los pecados. Mas los pueblos y naciones que no pueden perdurar más allá de la vida, menester es que en la tierra lleven el merecido de sus obras. Podrá ser que, por justos juicios de Dios, pues no hay pueblo alguno que no tenga algo de laudable, a algún pueblo prevaricador le salgan bien sus empresas; pero es ley firmemente establecida que para que la suerte de un pueblo sea próspera, importa el que por el pueblo se rinda culto a la virtud y en particular a la justicia, madre de todas las otras. “La justicia levanta a la nación, más el pecado hace miserables a los pueblos”.

14. ¿Qué humano remedio hay para la regeneración de España?
Por lo que estamos viendo y palpando, no hay otro remedio que la Monarquía Tradicional. Debemos creer que España esté destinada si no a morir, a sepultarse en el caos. Cuestión de tiempo y de acción continua nuestra. Los verdaderos tradicionalistas no necesitamos de esperanzas ni ilusiones lisonjeras para seguir constantes en la empresa comenzada hace 100 años; pues los grandes caracteres y los corazones hidalgos, antes que el aliciente del triunfo atienden al cumplimiento del deber. SI no queremos ser indignos de nuestros padres, ya sabemos cual ha de ser nuestra conducta.

REY
15. ¿Qué y cómo se entiende por Rey, tercer lema de la bandera carlista?
Rey por la Gracia de Dios. Porque por lo que hace a la autoridad la Iglesia enseña con razón que viene de Dios, mientras que el liberalismo afirma que de la soberanía nacional emana todo poder, negando por consiguiente que la autoridad es de origen divino.

16. Y haciendo dimanar de Dios la autoridad, ¿no parece menoscabar la supremacía del que la ejerce, sea Rey o su equivalente?
No es así; antes bien, dando a la autoridad ese origen divino, se refuerza el poder civil y su ejercicio y se le da una mayor dignidad y un mayor respeto de los ciudadanos.

17. ¿De qué defecto adolece la tan sobada “soberanía popular”?
Del que al negar a la autoridad todo origen divino, se abre la puerta a toda corrupción. Armada la multitud con la creencia de su propia y única soberanía, se precipita fácilmente a promover turbulencias y sediciones; y quitados los frenos del deber y de la conciencia, solo queda la fuerza, que raras veces puede contener los apetitos de las muchedumbres, formadas siempre de los menos cultos y los menos aptos.

18. ¿Y qué es esto del sistema de mayorías?
No es más que una triste comedia liberal; siendo, por otra parte, un disfrazado derecho de la fuerza, una… dictadura de los más.

19. ¿Y qué me dice del sufragio universal?
Que, generalmente, es una farsa, una mentira. Y si fuese una verdad, constituiría el monopolio de la ignorancia, o el monopolio de la riqueza.

20. ¿Qué es la Ley?
La Ley no es otra cosa que “el dictamen de la recta razón promulgada por la potestad legítima para el bien común”.

21. ¿Somos libres para obedecer o no las leyes?
Justa y obligatoria es la observancia de las leyes, no por la fuerza o amenaza, sino por la persuasión de que se cumplen como un deber. Esto es lo cristiano y lo lógico… Pero si están en abierta oposición con el derecho divino, con el derecho natural y contra la conciencia del buen ciudadano, entonces la resistencia a esas leyes es un deber.

22. ¿Debe el Rey sujetarse a las leyes como cualquier ciudadano?
Claro que sí. Los Reyes de Aragón no tomaban nombre de Rey hasta después de haber jurado en Cortes la observancia de las leyes del Reino. Carlos II, disponiendo en su testamento que Felipe V fuera reconocido por Rey legítimo, añadía: “… Y se le dé luego sin dilación la posesión… precediendo el juramento que debe hacer de observar las leyes, Fueros y costumbres de dichos mis Reinos y Señoríos”. Y así hicieron los Reyes de nuestra Dinastía en las guerras carlistas.

FUEROS
23. ¿Son los Fueros parte integrante de nuestro programa?
Son parte esencial de nuestro sistema político. El regionalismo ha sido defendido siempre por nuestra Comunión desde que vino a la vida. La restauración de los antiguos Fueros y libertades, atemperándolos a las necesidades de los modernos tiempos, ha sido firme voluntad de nuestros Reyes y los carlistas.

24. ¿No limitan los Fueros el poder del Rey?
No ha sido jamás el Tradicionalismo defensor del poder absoluto, es decir, favorable a una monarquía cesarista. El poder del Rey, primeramente, está limitado por sus deberes para con Dios, y por sus deberes para con sus súbditos. En segundo lugar, tiene una limitación general que abraza mil casos particulares, pues antes que Rey es padre de los pueblos que Dios le ha confiado, y como Rey y como padre debe querer todo el bien posible a su pueblo, y alejar de él en lo posible todo mal.

25. El regionalismo ¿no engendra, como dicen los separatistas el separatismo?
De ninguna manera, como no sea en los que tengan albergado en su corazón el fermento del antiespañolismo. Somos nosotros los tradicionalistas, fervorosos amigos de la unidad de la Patria española, pero asimismo decididos defensores de todas aquellas libertades municipales y regionales que la revolución ha ido destruyendo en todas partes. Nuestra monarquía sería llamada federal, si esa palabra no fuese algunas veces desnaturalizada. Digamos, pues, que es representativa por oposición a la parlamentaria, de la que abominamos por el mal que ha hecho a España.

26. Los Fueros ¿son favorables o no a la libertad?
La ínclita Castilla fue libre, las heroicas Navarra y Vascongadas y el nobilísimo Reino de Aragón fueron los pueblos más libres del mundo con las grandes prerrogativas de que gozaron. Lo mismo lo serían una vez restaurados sus Fueros y sus libertades.

Juan María Romá. Barcelona. 1934

jueves, 15 de octubre de 2009

Ágora: Hipatia

El cine es un maravilloso medio para contar la Historia, pero tiene sus limitaciones: a veces, las ambiciones excesivas pasan factura. Los realizadores de «El Código da Vinci» pretendieron convertir a Magdalena en diosa y se pasaron. Amenábar pretende, nada más y nada menos, contar una historia a partir de la cual «el mundo cambió para siempre». Y se ha vuelto a pasar cuatro pueblos más. La película tiene tantos mensajes ideológicos que es imposible meterlos en dos horas y, al mismo tiempo, mantener un ritmo entretenido, interesante y espectacular.

El cine requiere medir las secuencias, los silencios, los tránsitos y, sobre todo, un guión que mantenga la atención del espectador. Es una pena, porque la película contaba con todos los mimbres: un gran director, una generosa producción, una preciosa actriz, un maravilloso decorado y una perfecta ambientación. Pero lo que pretenden es inyectar en una pastilla los siguientes mensajes: primero, que las religiones generan odio y violencia. Segundo, que el cristianismo es la más talibán de todas y la que empezó. Tercero, que existen dos mundos, por una parte, el de la filosofía y la ciencia, contrapuesto e incompatible con el de la religión. Cuarto, que el cristianismo al principio fue misericordioso, pero la jerarquía eclesiástica y la Iglesia son por definición intolerantes y fundamentalistas. Y, sobre todo, hay dos mensajes más que son especialmente queridos por la película y por toda la explosión de libros y propaganda que estos días se vienen haciendo: el cristianismo es la causa de la caída del Imperio Romano y de la desaparición de la sabiduría grecolatina. Además, es el culpable de la subordinación y dominación de la mujer por parte del hombre. En fin, Alejandría e Hipatia son el símbolo de una civilización grecorromana basada en la filosofía, la ciencia y la libertad, hasta que llegó el cristianismo y comenzó la oscura Edad Media. Demasiado para una sola película. Y la cosa continúa porque, según declara el director, «es increíble cómo se parece a la situación actual».

¿Es casualidad que desde julio hasta el estreno de la película se hayan publicado más de cuatro biografías sobre Hipatia, paradigma de las cuales es la de Clelia Martínez Maza, financiada por la Dirección General de Ciencia y Tecnología? Más de 10 novelas, ejemplo de las cuales es la escrita por el hermano de Carmen Calvo, ex ministra de Cultura, además de multitud de estudios de historia sobre la época. Y todo ello con el mismo mensaje. Que todo salga al mismo tiempo no puede ser casualidad. Una vez más, nos encontramos con un ataque ideológico perfectamente orquestado, del cual, por cierto, Amenábar suele ser pistoletazo de salida, como lo fue en el caso de «Mar adentro» con la eutanasia.

Ahora la cosa va directamente contra la religión y particularmente contra el cristianismo. Lo malo de la trama que cuenta la película es que es mentira desde el principio hasta el final. Forma parte de la estrategia de reescribir la Historia a la que es tan aficionada nuestra izquierda. Hipatia no fue asesinada siendo una joven tan hermosa como Rachel Weisz, de 38 años, sino que murió en el año 415 y tenía 61. No fue famosa por sus dotes de astronomía por más que en la película se empeñen terca y cansadamente, atribuyéndole haberse adelantado a Kepler más de mil años; sino porque era una «divina filósofa» platónica, en palabras del obispo cristiano Sinesio de Cirene -única fuente coetánea que se conserva sobre ella-, a la que llama en sus cartas «madre, hermana, maestra, benefactora mía». El citado obispo, a quien en la película se le hace traidor y cómplice en el asesinato de la filósofa, murió dos años antes que ella, así que es imposible que tuviera nada que ver con su muerte. Ella fue virgen hasta el final, pero no vivió la castidad como ha dicho la protagonista, que se ha declarado feminista radical, «para ser igual que un hombre y poder ejercer una profesión con plena dedicación». Lo hizo porque, coherente con su filosofía, ejercía la Sofrosine, es decir el dominio de uno mismo a través de las virtudes entendidas como el control de los instintos y las pasiones.

Hipatia nunca fue directora de la Biblioteca de Alejandría, ni ésta fue destruida por los talibanes cristianos. La biblioteca fue incendiada por Julio César, saqueada junto con el resto de la ciudad por Aureliano en el año 273, y rematada por Diocleciano en 297. Es verdad que en el año 391 fue destruido lo que quedaba del templo del Serapeo después de la destrucción por los judíos en tiempos de Trajano, y también el repaso que le pegó Diocleciano, quien, para conmemorar la hazaña, puso allí su gran columna, razón por la cual los cristianos lo destruyeron, ya que él era el símbolo de las persecuciones que sufrieron durante trescientos años. Pero lo que allí quedaba de la biblioteca era tanto como lo que restaba en otros sitios. El paganismo siguió existiendo en Alejandría hasta que llegaron los árabes. Y el neoplatonismo siguió floreciendo, hasta que lo recuperó el renacimiento cristiano. Por cierto, que yo sepa, su más brillante exponente se llamaba San Agustín, coetáneo de Hipatia.

Jesús Trillo Figueroa | La Razón

sábado, 10 de octubre de 2009

Unamuno habla de carlismo a Joaquín Costa

Don Miguel de Unamuno


El 31 de octubre de 1895, Miguel de Unamuno le hablaba en su carta a Joaquín Costa sobre el Carlismo:


"Hay en nuestra historia contemporánea un acontecimiento que ha sido poco estudiado: se trata de la última guerra civil carlista. Yo he sido testigo y en parte víctima de esta guerra siendo niño, y, en consecuencia, la he estudiado, consagrando cerca de ocho años a descubrir las causas y las razones. Una de las razones que he encontrado es un potente fondo de socialismo rural. Tengo en mi poder proclamas, periódicos carlistas de entonces... y todos estos documentos podrían servirme para hacer un trabajo sobre el elemento socialista presente en el seno de la última guerra civil. Pero lo que es verdaderamente curioso es un plan de gobierno que fue presentado a Don Carlos en 1874. Este plan presenta cosas como éstas: carnet de identidad de profesión en lugar de carnet de identidad de vecindad, y a aquel que no presentara su acreditación profesional no podría iniciar un proceso judicial.

Subrayando este mismo plan: que se gobierna para los ricos en detrimento de los pobres, cuando es lo contrario lo que debería suceder... que la pequeña propiedad, preservada de todo tributo, de todo gasto de inscripción y de toda clase de cargas, a través de una carga creciente que grave a la gran propiedad. "El trabajo representado por el trabajo"... En fin, sería interesante reproducir toda esta curiosa utopía socialista, hacer un plan simétrico y esquemático. Por mi parte, yo añadiría a este plan un gran número de proclamas, de manifiestos, de estractos de boletines carlistas, para demostrar que las ideas claramente descentralizadoras y socialistas de este plan eran la expresión del sentimiento de las masas carlistas. Yo no he abandonado mi proyecto de escribir alguna cosa sobre lo que podría llamarse el Socialismo Carlista, utilizando los elementos que he reunido para escribir otra obra que estoy preparando."


En su obra El porvenir de España, Unamuno dice:


"La renovación carlista no es más que una manifestación del regionalismo de una cierta forma socialista o del socialismo regionalista."

lunes, 28 de septiembre de 2009

Cuando se inicia la vida empieza el derecho: las evidencias científicas del Siglo XXI

El principio “Pro Homini” (Pro Hombre – Humanidad) rige lo que ha marcado durante miles de años el desarrollo de códices, códigos, leyes, constituciones, tratados y declaraciones universales: en términos jurídicos la calificación de “lo humano”, recoge y responde a la preeminencia y precedencia de la verdad científica, conforme la misma en cada época fue identificando lo que era humano más allá de cualquier duda, incluyendo el señalar un determinado momento de inicio de la vida humana como tal.

No cabe duda que adentrándonos en el siglo XXI esto ha quedado totalmente dilucidado a partir de un hecho científico de singular importancia, que confirmó lo que la ciencia médica (en especial la genética, la embriología y la gineco-obstetricia) venia sosteniendo durante todo el siglo XX cada vez con mayor validez: la vida humana empieza con la concepción / fertilización / fecundación (tres eventos concurrentes y simultáneos en un solo momento de la vida animal).

En el año 2003 se anunció al mundo desde los Estados Unidos e Inglaterra (el Presidente Bill Clinton y el Primer Ministro Tony Blair respectivamente) que finalmente se había develado por completo el Genoma Humano, en el marco de un proyecto de 15 años iniciado en 1990 y con una inversión de miles de millones de dólares (Proyecto Genoma Humano).

El Genoma Humano es el genoma (del griego ge-o: que genera, y -ma: acción) de la especia humana, es decir, la secuencia exacta del ADN contenido en 23 pares de cromosomas en el núcleo de cada célula humana de cada ser humano.

La secuencia de ADN que conforma el genoma humano contiene codificada la información necesaria para la expresión altamente coordinada y adaptable al ambiente del proteoma humano, es decir, del conjunto de las proteínas del ser humano.

Las proteínas, y no el ADN, son las principales biomoléculas que poseen funciones estructurales, enzimáticas, metabólicas, reguladoras, señalizadoras y que se organizan en enormes y complejas redes funcionales que interactúan entre si. Es decir, el proteoma humano es el que da la particular morfología y funcionalidad de cada célula de un ser humano. De igual manera, la organización estructural y funcional de las distintas células conforma cada tejido y cada órgano, y, finalmente, al organismo de cada ser humano en su conjunto. Así, el genoma humano contiene la información básica necesaria para el desarrollo físico de cada ser humano completo de principio a fin.

En definitiva:

  • El Genoma humano una vez constituido nunca cambiará; será el mismo desde el momento en que la vida humana se inicia hasta que termina.
  • El Genoma del ser humano se conforma en el momento de la concepción –fecundación - fertilización (unión óvulo – espermatozoide o estadio de cigoto); NO SE TERMINA DE FORMAR, NI SE MODIFICA DESPUÉS. Dicho en otros términos, se confirma que lo humano es humano desde el momento inicial, y que ese momento inicial para la vida humana como tal, es el momento de la concepción – fecundación - fertilización (unión óvulo espermatozoide o estadio de cigoto; véase gráfico adjunto).
  • Lo que cambia a lo largo de las horas, días, semanas, meses o años posteriores a ese momento de nuestra existencia como seres humanos únicos e irrepetibles, son nuestras células, tejidos y órganos que en conjunto nos conforman: crecerán, se especializarán, se multiplicarán, envejecerán y morirán (y nosotros con ellas).
  • Los seres humanos son tales desde la concepción (estadío de cigoto), evento que ocurre 7 a 10 días antes de la implantación (en estadío de blastocisto). Por eso es que para las ciencias médicas el estudio del ser humano se inicia con el estudio del embrión unicelular o cigoto, 7 días antes de ser implantado.

La ciencia se preocupa mucho del proceso de la implantación, por que es la causa más importante de aborto espontáneo. La implantación resulta ser una de las partes o momentos posteriores al inicio, y no el inicio de la vida de un ser humano.

Adicionalmente hoy (siglo XXI) ya se hacen estudios genéticos antes de la implantación de los embriones, para evaluar potenciales problemas genéticos.

Teniendo en cuenta la evidencia científica anteriormente señalada, es que diversos autores de tratados de embriología han reafirmado la siguiente verdad científica, mediante algunas premisas importantes:

  1. “El embarazo humano comienza con la fusión de un óvulo y un espermatozoide”. “El óvulo fertilizado, ahora apropiadamente llamado un embrión…” (Bruce M. Carlson, MD, PhD, Profesor y Jefe del Departamento de Anatomía y Biología Celular de la Escuela de Medicina de la Universidad de Michigan, Ann Arbor; en su obra Human Embryology and Developmental Biology).
  2. Cigoto (Gr. zygotos): esta célula resulta de la unión de un óvulo con un espermatozoide. Un cigoto es el comienzo de un nuevo ser humano (i.e . un embrión)”. (Keith L. Moore, PhD, Profesor Emérito de Anatomía y Biología Celular de la Facultad de Medicina de la Universidad de Toronto, Ontario, Canadá, y T.V.N. Persaud, MD, PhD, Profesor y ex Jefe del Departamento de Anatomía y Ciencia Celular, Profesor de Pediatría y Salud Infantil, Profesor de Obstetricia, Ginecología y Ciencias Reproductivas de la Facultad de Medicina de la Universidad de Manitoba, Canadá, en su obra The Developing Human: Clinically Oriented Embryology).
  3. Aborto (L. aboriri, abortar). Este término significa un prematuro detenimiento del desarrollo y se refiere a la expulsión prematura de un conceptus del útero o expulsión de un embrión o feto antes que sea viable–capaz de vivir fuera del útero”. (Keith L. Moore y T.V.N. Persaud, en la obra citada previamente en el numeral ).
  4. El período embrionario propiamente, durante el cual la gran mayoría de las llamadas estructuras del cuerpo aparecen, ocupa las primeras ocho semanas post ovulatorias.” (Ronan O´Rahilly, MD, y Fabiola Müller, de los Laboratorios Carnegie de Embriología de la Universidad de California en Davis, California, EE.UU., en su obra Human Embryology & Teratology).
  5. El momento de la formación del cigoto puede ser considerado como el inicio o punto tiempo cero” del desarrollo del embrión.” (Ronan O´Rahilly, MD, y Fabiola Müller, en la obra citada previamente en el numeral ).

Una aplicación cotidiana de estas afirmaciones es el hecho que todos los tratados de ginecología y obstetricia, todas las escalas y manuales estandarizados para determinar el tiempo de gestación o embarazo de una mujer (incluyendo los emitidos por la OMS y la FIGO), toman como referencia el día (Fecha) de la última regla; una fecha inclusive previa al momento de la concepción.

El Genoma Humano en el momento de la concepción / fertilización / fecundación (momentos y fenómenos biológicos concurrentes), da inicio e identidad al ser humano (entidad biológica – evidencia científica) y a la persona humana (sujeto de derecho, principio jurídico).

La verdad es el sustento de la justicia.

Dr. Fernando Carbone Campoverde

martes, 22 de septiembre de 2009

Conflictos entre la Ley Natural y la Ley Positiva

I

El jurista romano Celso definió con propiedad el Derecho cuando dijo que es el arte de lo bueno y de lo justo (Digesto, I, I, 1). En efecto, el Derecho no es una ciencia teórica sino un arte práctico acerca de las reglas que rigen una Comunidad Política, reglas que se expresan a través de normas jurídicas. Tales normas lógicamente se componen de una forma y un contenido. La forma es la propia norma jurídica en cuanto mandato imperativo, considerada con independencia de su contenido, la cual es válida y eficaz siempre que haya sido dictada según las reglas que regulan la producción de Derecho. En cambio el contenido o materia de la norma es el bien o mal que concretamente manda o prohíbe. El gran jurista neokantiano Stammler desarrolló muy bien esta distinción, llamando a la forma «Concepto de Derecho» y al contenido «Idea de Derecho».

II

La Teoría Pura del Derecho de Hans Kelsen, y en general todo el positivismo jurídico, identifica Derecho con forma de Derecho. Se trata de construir conceptos jurídicos como categorías formales, formas sin contenido, un Derecho puro, tan puro que está alejado de la vida y en él cabe cualquier contenido. La idea es construir un orden coactivo en el que cada norma es válida porque se ampara en otra anterior, y lo es diga lo que diga y disponga lo que dispusiere.

«El Derecho puede tener no importa qué contenido —escribe Kelsen—, pues ninguna conducta humana es por sí misma inepta para convertirse en el objeto de una norma jurídica» (Reine Rechtslehre, IX, 2). De modo que —dice también— «justo es lo que se corresponde con la norma establecida, e injusto lo que le contradice» (La idea del Derecho Natural, XVIII).

Es decir: todo lo formalmente válido es justo; o, con palabras de Peces Barba (Introducción a la Filosofía del Derecho, 1991, p. 157):

«Una norma sigue siendo válida aunque sea inmoral, siempre que forme parte del ordenamiento».

Se comprende fácilmente que esta forma de ver las cosas transforma el Derecho en un arte de coaccionar y aparta de la jurisdicción del jurista el contenido de las normas, convirtiéndole ahora en un artesano del mero arte de coaccionar y dejándole indefenso frente a las disposiciones del Poder, sean las que fueren.

III

Pero el jurista no es un mero artesano de formas jurídicas puras. En primer lugar porque no existen, ya que toda norma tiene un contenido, dispone algo. En segundo término porque eso es muy peligroso, pues admitir que cualquier orden es justa siempre que la norma sea válida puede llevar, y ha llevado de hecho, a imponer por ley las mayores atrocidades y maldades, transformando al abogado, dicho con palabras de Voltaire, en el encargado de conservar usos bárbaros. Radbruch, Larenz y Carnelutti lo vivieron en sus propias carnes y tuvieron que reaccionar contra ello, basta comparar sus publicaciones anteriores a Hitler con lo que escribieron después de los estragos de la guerra. Radbruch, que en 1929 había asegurado que no hay más Derecho que el positivo, en su Primera toma de posición después del desastre de 1945, hizo la siguiente reflexión:

«Mientras que para el soldado el deber y el derecho cesan de requerir obediencia cuando él sabe que la orden es injusta, no conoce el jurista, desde que hace unos cien años se extinguieron los últimos iusnaturalistas, ninguna excepción respecto a la validez de la ley y obediencia de los a ella sometidos. La ley vale porque ella es ley, y es ley porque tiene el poder de imponerse. Esta doctrina positivista ha vuelto a los juristas y a los pueblos indefensos contra las leyes, por más arbitrarias, crueles y criminales que ellas sean. Equipara en última instancia el Derecho al Poder: sólo donde se halla el Poder, allí existe el Derecho».

El jurista no es artesano de la mera coacción, en tercer lugar, porque el contenido de la norma es parte de la misma, es Derecho, auténtico Derecho, y por tanto cae en el campo de su arte. En La paz perpetua Kant emplea duras palabras para aquellos jurisconsultos que no se ocupan de la justicia de la norma, ciegos leguleyos, les llama, que tienen el cráneo seco, dice, juristas artesanos que sólo saben de prácticas y no de ideas, para los cuales cualquier ley vigente es buena aunque repugne a la razón.

IV

Por tanto en un Estado de Derecho es tarea del jurista diferenciar el bien del mal, volviendo a hacer del Derecho un arte de lo bueno y justo. El contenido de la norma también es objeto de nuestro trabajo, ya lo señaló Ulpiano en el Digesto (I, I, 1) al afirmar que los juristas:

«Profesamos el conocimiento de lo bueno y equitativo, separando lo justo de lo injusto, discerniendo lo lícito de lo ilícito».

Así lo han entendido después muchos otros grandes juristas, entre ellos el citado Stammler, quien en 1902 llegó a escribir un libro que tituló La Teoría del Derecho Justo. De manera que al igual que por su forma hay Derecho válido y Derecho no válido, en función de su contenido hay Derecho Justo y Derecho Injusto, que es preciso diferenciar.

V

La estrella polar que nos orienta hacia el Derecho Justo es la Ley natural. Decir que sólo lo que ordenan o prohíben las leyes positivas es justo o injusto, es tanto como decir que antes de que se trazara círculo alguno no eran iguales todos sus radios. Admitir que el criterio de lo justo es que la norma sea válida, es decir, su mera forma, es como poner una espada en manos de un poder humano absoluto y sin límites. Pues, como bien señaló Cicerón, abogado de numerosas causas en el foro y jurisconsulto fuera del foro (en Las Leyes, 15, 42):

«Es absurdo pensar que sea justo todo lo determinado por las leyes de los pueblos. ¿Acaso lo son las leyes de los tiranos?»

Hay que reconocer por tanto, tal como afirmó Blackstone (Commentaries on the Laws of England, Introducción, II), que hay:

«Leyes fundadas en la Justicia que existen en la naturaleza de las cosas anteriormente a cualquier precepto positivo. Ellas son —dice— las Leyes eternas del bien y del mal».

Existen en la naturaleza de las cosas unas reglas acerca del bien y del mal inteligibles y claras para un racional, desde luego para un estudioso de la ley. Y en muchos casos se trata de reglas más claras y fáciles de entender que las leyes positivas, intricadas fabricaciones de los hombres que obedecen a la necesidad de traducir en palabras intereses contrapuestos: Es más fácil comprender la obligación de no matar a un semejante que la enfiteusis o la hipoteca tácita. Hay así una línea que de forma natural separa el bien del mal. Y lo llamativo es que ese bien natural es garante de nuestra vida y de nuestra libertad frente a los dictados del poder, ya que tal Ley natural nos enseña que todos tenemos perfecta libertad y nos obliga a no dañar al prójimo, respetando su vida, su libertad y sus bienes. De todo ello resulta que la ley positiva humana sólo es justa cuando respeta la Ley natural. Por consiguiente, y en función de la relación del contenido de la norma con dicha Ley, hay Derecho positivo justo y Derecho positivo injusto.

Si el Derecho tiene un contenido justo cabe hablar de un Estado material de Derecho o, con palabras de Giorgio del Vecchio, admirable profesor de Filosofía del Derecho italiano nacido en 1878 y convertido al catolicismo en 1939, de un Estado de Justicia. Pero si su contenido no es el bien, de manera que ese Derecho positivo es injusto, lo que hay es fuerza amparada con forma de ley, lo que Del Vecchio llamó un Estado Delincuente en un libro de 1962 que tituló precisamente así, «Lo Stato deliquente». Y cuando esto se convierte en patológico, de manera que el mal se instala como principio de una sociedad a través de sus normas, existe lo que Zubiri llama repetidamente un Estado de maldad (El problema del mal, II, 3, 4).

VI

Esta conclusión también es válida en democracia. La democracia no legitima todo. Es simplemente un modo de toma de decisiones por mayoría que no garantiza que esa decisión sea justa, ya que bien y mal naturales no dependen del capricho de tal mayoría, de la misma forma que no proceden de ella la verdad y la falsedad. «Voz del pueblo, voz de dios» es un antiguo proverbio incierto y falaz, pues fácilmente se comprueba que no ha habido vicio o depravación moral que no haya sido sacralizado alguna vez por las leyes populares. El mecanismo cuantitativo no ofrece garantía alguna en cuanto a la justicia del resultado; más aún, sostener que la mayoría no puede equivocarse jamás es un gran peligro para la Libertad, la cual requiere que el Poder esté limitado, aunque sea democrático. Sobre la tiranía de la mayoría están la Justicia y el Derecho, siguiendo la estela de Aristóteles ya lo razonó Cicerón cuando dijo (Las Leyes, II, 5, 13) que:

«Hay muchas disposiciones populares perversas y funestas que no llegan a merecer más el nombre de ley que si las sancionara el acuerdo de unos bandidos, al igual que no pueden llamarse recetas médicas a las que matan en vez de curar, como hacen algunos médicos ignorantes y sin experiencia».

En definitiva, considerando que la sociedad no es dios, y que por tanto una cosa es la Voluntad General y otra la Voluntad de Dios, de manera que como dice Del Vecchio no todo resulta lícito a la mayoría y el Derecho Justo no depende del capricho del legislador (Teoría del Estado, VI, 3; Filosofía del Derecho, Sec. 1ª, Preliminar), en función de ello, digo, en democracia también hay Derecho positivo Justo y Derecho Positivo Injusto. En el primer caso, en el de un Estado que respeta el Nomos, podemos hablar con propiedad de Estado democrático de Derecho; mientras que en el segundo lo que hay es una Tiranía Democrática no sometida a Derecho alguno.

VII

Sin embargo es un hecho que hay normas aprobadas por Parlamentos democráticos que bordean peligrosamente la línea que separa el bien y el mal naturales, y en algunos casos concretos la traspasan, instaurando el mal mediante sus leyes positivas. No me refiero ahora a leyes absurdas, que siempre las ha habido, como aquella ley ateniense que prohibía morir en Delos, sino a leyes positivas que entran en conflicto con la Ley natural. A modo de ejemplo voy a aludir a dos que violan el natural derecho a la libertad y otras dos que vulneran el elemental derecho a la vida. La Constitución del Estado de Misisipi aprobada mediante Acta de 2 de febrero de 1856 establecía lo siguiente:

«Esclavos: El Poder legislativo no tendrá facultad de aprobar leyes para la emancipación de esclavos sin el consentimiento de sus propietarios».

Y en concreto respecto a la libertad religiosa, el artículo 26 de la Constitución de la República Española de 9 de diciembre de 1931, además de establecer que todas las Órdenes religiosas tenían obligación de rendir anualmente cuentas al Estado, dispuso lo siguiente:

«Quedan disueltas aquellas Órdenes religiosas que estatutariamente impongan además de los tres votos canónicos, otro especial de obediencia a autoridad distinta de la legítima del Estado. Sus bienes serán nacionalizados».

Con relación al elemental derecho a la vida no es necesario remontarse a la Ley de uno de septiembre de 1939 que en Alemania «legalizó» un programa eutanásico para eliminar a enfermos e incapaces. Recientemente el democrático Parlamento holandés ha aprobado la Ley de Terminación de la Vida a petición propia y del auxilio al suicidio, y modificación del Código Penal y de la Ley reguladora de los Funerales, de 10 de abril de 2001, que faculta al médico para matar al paciente en determinados casos.

Y, ¿qué decir del aborto? El sabio Kant dijo que (Principios Metafísicos de la doctrina del Derecho, AK VI, 281; y P. M. de la Virtud, AK VI, 422):

«Los hijos nunca pueden considerarse propiedad de sus padres», los cuales «no pueden destruir a su hijo como si fuera un artefacto suyo», ni siquiera una embarazada, pues cometería un delito contra la persona que lleva dentro.

Y a pesar de eso en occidente los Parlamentos democráticos amparan el exterminio de niños en el seno materno, privando de la vida a seres humanos inocentes carentes de toda capacidad de autodefensa. En concreto en España estos atentados a la vida ya están permitidos en determinados casos por el Código Penal, y tales supuestos se ampliarán notablemente si se aprueba una Proposición de Ley presentada por el Grupo Mixto, o el reciente Anteproyecto de Ley Orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, elaborado por el Gobierno. Según él cuando el feto tenga una enfermedad «extremadamente grave e incurable» el aborto puede practicarse en cualquier momento, incluso minutos antes del nacimiento natural (art. 15 c), y esa «prestación sanitaria», que así se le llama (arts. 18 y 19), se lleva a cabo en los centros de la red sanitaria pública, que están sufragados con fondos púbicos. Se trata de un homicidio eugenésico, idéntico al que se llevaría a cabo si se mata al niño durante el día siguiente a su nacimiento, ya que según el artículo 30 del Código Civil el feto no tiene personalidad hasta que vive veinticuatro horas enteramente desprendido del seno materno. Por lo que esa ley positiva tendría un contenido que claramente vulnera la elemental regla natural que ordena respetar toda vida humana.

VIII

Los Juristas Católicos, como tales y como simples ciudadanos, estamos sujetos a toda norma válida. El principio de legalidad es esencial en un Estado de Derecho, esa es la razón por la que el preámbulo de nuestra Constitución proclama «el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular», y su artículo 9 lo garantiza. En principio, pues, debemos cumplir siempre las leyes positivas, que son Derecho emanado de la Voluntad General. Pero, a la vez, como juristas que se ocupan del arte de lo bueno y justo, como católicos que creen que el bien es una condición establecida por Dios en la realidad, y, en definitiva, como meros hombres que tienen una razón que emite juicios sobre la conducta recta, es decir, con conciencia, como tales, digo, debemos seguir siempre los dictados de la Ley natural, para nosotros basada en la Voluntad de Dios, diferenciando entre Derecho Justo y Derecho Injusto. A lo que, por cierto, nos da pie la propia Constitución Española, la cual, tal como razonó muy bien García de Enterría (Reflexiones sobre la Ley y los Principios Generales del Derecho, III), ha establecido un Estado material de Derecho, es decir, un Estado de Justicia: En efecto, la Justicia se encuentra proclamada en su mismo pórtico, concretamente al comienzo de su preámbulo y en el artículo 1, que la consagra como valor superior. Y precisamente acudiendo a tal valor fundamental consideramos que en ocasiones hay un conflicto entre la forma y el contenido de una ley positiva vigente, a causa de que, siendo formalmente válida, tiene un contenido que vulnera la Justicia natural que vincula también al legislador. Por otra parte es el propio Derecho positivo el que ha establecido los mecanismos para resolver estos conflictos, en los que la última palabra la tienen el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo. En otras épocas fueron fuente de Derecho las respuestas de los prudentes y los escritos de los jurisconsultos, lo recuerda Savigny en su Sistema del Derecho Romano, pero evidentemente hoy no tenemos más remedio que acudir a los mecanismos legales que la propia ley positiva ha establecido. La cual, por cierto, puede someter el cuerpo pero no el alma, ya que no puede mandar un acto puramente interno. Podemos por tanto no sentirnos sujetos internamente al efecto directivo de una ley injusta, pero mientras esté en el ordenamiento externamente estamos sometidos a su efecto coactivo, el principio de legalidad nos lo impone. ¿Qué hacer ante esta especie de incongruencia interna de la ley, que recuerda a la incongruencia de este tipo que a veces se aprecia en una sentencia recurrida en casación ante el Tribunal Supremo?

IX

A mi modo de ver lege ferenda podemos intentar promover un ordenamiento jurídico basado no en la omnipotencia del humano legislador, sino en la Ley natural. El problema actual radica en que la legislación se inspira en el nihilismo postmoderno imperante. Desarrollemos una nueva ética postnihilista con la que se admita que hay un bien y un mal naturales que preservan la vida y al libertad, que hay una solución justa que debe inspirar el contenido correcto de la Ley. A promover tal ética he intentado yo contribuir, en la medida de mis posibilidades, con un libro que acaba de ser publicado precisamente esta misma semana, titulado La Cuestión del bien y del mal (Biblioteca Nueva, Madrid, 2009).

X

El mayor problema práctico se nos presenta de hecho, lege data. Sujetos como a veces estamos a leyes positivas que consideramos injustas, pienso que podemos utilizar en profundidad todos los mecanismos que nos ofrece el ordenamiento jurídico, para intentar que el contenido de la ley positiva no entre en conflicto con la Ley natural.
El primero de ellos, de carácter elemental, es diferenciar Derecho y Ley positiva. No se trata de olvidar la auctoritas de ésta, sino de reducir su papel a términos más modestos que los actuales, recordando que el Ius excede necesariamente a la ley. Leibniz, quien además de filósofo fue abogado de los Estados de un príncipe elector, en un escrito titulado Meditación sobre la noción común de Justicia escribió lo siguiente:

«La equivocación de quienes han hecho que la Justicia dependiese del Poder viene en parte de que han confundido el Derecho con la Ley. El Derecho no puede ser injusto. Sería una contradicción, pero la Ley bien puede serlo. Pues es el Poder quien da y conserva las Leyes. Y si éste carece de sabiduría o de buena voluntad, puede dar o mantener Leyes muy perversas. Pero afortunadamente para el universo las Leyes de Dios siempre son justas».

El Derecho Romano y el Common Law británico tuvieron muy clara esta distinción. Y la Constitución española, que establece un Estado de Derecho, no un Estado de Ley, la reconoce explícitamente en su artículo 103, en el cual diferencia con nitidez la ley, con minúscula, y el Derecho, escrito con mayúscula.

Por tanto el jurista no puede darse por satisfecho con lo que en la ley está escrito, sino que debe además acudir a otras fuentes de Derecho. El artículo 1 de nuestro Código Civil establece que «las fuentes del ordenamiento jurídico español son la ley, la costumbre y los principios generales del derecho»; y dispone expresamente que éstos, los principios, tienen «carácter informador del ordenamiento jurídico», del que evidentemente forma parte la ley positiva. Los Principios Generales del Derecho son Derecho. Son, con palabras de García de Enterría (Reflexiones sobre la Ley y los Principios Generales del Derecho, p. 63):

La «conversión de los preceptos absolutos del Derecho natural en criterios técnicos y especificables».

Es decir, son la positivación de la Ley natural, de manera que aunque no pueden prevalecer contra las leyes particulares sí tienen valor informador sobre y dentro de las mismas, haciéndolas justas. Del Vecchio trató muy bien esta cuestión en su obra titulada Los Principios Generales del Derecho. De esta suerte la Ley natural no queda en algo abstracto y lejano, sino que se convierte en Derecho operante en ámbitos confusos. En cierto modo se concreta en conceptos jurídicos indeterminados, pero fundamentales, como son los apuntados por Ulpiano cuando dice que (Digesto, I, I, 10):

«Los principios del Derecho son estos: vivir honestamente, no hacer daño a otro, dar a cada uno lo suyo».

O los recogidos en el artículo 10 de la Constitución española, al referirse a «la dignidad de la persona» y a sus «derechos inviolables que le son inherentes». Estos Principios son los que pueden proteger hoy nuestra libertad y nuestra vida, como protegieron la de Antonio cuando el judío Shylok reclamaba una libra de su carne (El mercader de Venecia, de W. Shakespeare).

XI

Cuando todos los cauces y recursos ordinarios que nos ofrece el ordenamiento jurídico fracasan, la lucha por el Derecho tiene otro mecanismo, también jurídico: la objeción de conciencia. Que todos tenemos una conciencia lo reconoce la propia Constitución, que en su artículo 20 se refiere a la «clausula de conciencia» y en el 30 prevé la «objeción de conciencia», y también la Ley 22/1998, de 6 de julio, la cual habla de «motivos de conciencia». Es posible, por tanto, que la conciencia individual y la ley positiva entren en conflicto. Por otra parte la Libertad es un valor superior del ordenamiento, según el artículo 1 de la Norma Fundamental, valor que corresponde a los poderes públicos promover, a tenor de su artículo 9, apartado 2. Y así debe ser, pues se trata del primer y principal derecho innato que tenemos, según Kant. ¿Por qué no apostar por ella? In dubio pro libertate significa apostar por la libertad de conciencia frente a la coacción, protegiendo dos derechos fundamentales plasmados en los artículos 15 y 16 de la Constitución: la integridad moral y la libertad ideológica. Admito que el principio general es el imperio de la ley, y que no puede aceptarse con carácter general su incumplimiento. Pero la única limitación a la libertad ideológica que establece el artículo 16 es que no se vulnere el orden público protegido por la ley. En consecuencia, mientras esto no ocurra, el Poder debe respetar las conciencias, y como bien dice el voto particular del Magistrado don Manuel Campos en la Sentencia dictada por el Tribunal Supremo el día 11 de febrero de 2009, en la casación 905 de 2008, existe un ámbito garantizado de libertad de conciencia protegido por un ordenamiento jurídico que se precie de serlo. Tal objeción debe ser examinada desde el prisma del Derecho frente a aquella ley positiva que el objetante considera injusta en su contenido, no excluyendo el silencio del legislador tal derecho subjetivo, pues la propia Ley Orgánica del Poder Judicial, añado yo, establece en su artículo 5 que los Tribunales aplicarán las leyes según los «principios constitucionales». La fortaleza del Estado de Derecho no se resentirá si el Tribunal Constitucional resuelve sobre una objeción de conciencia contra una ley, y el Tribunal Supremo lo hace en relación a disposiciones inferiores.

XII

Cuando también este singular mecanismo falla sólo nos queda apelar al Cielo, es decir, a la Justicia natural. Otro jurista, gran demócrata, Tocqueville, lo expresó en su libro La democracia en América (I, capítulo tiranía de la mayoría) con estas palabras:

«Considero impía y detestable la máxima de que en materia de gobierno la mayoría de un pueblo tenga derecho a hacerlo todo… Existe una ley general hecha, o cuando menos adoptada, no sólo por la mayoría de tal o cual pueblo, sino por la mayoría de los hombres. Esta ley es la Justicia, que constituye el límite del Derecho de todo pueblo. Así pues, cuando yo rehúso obedecer a una ley injusta no niego a la mayoría el derecho de mandar: no hago sino apelar contra la soberanía del pueblo ante la soberanía del género humano».

A mi modo de ver está claro que hay una línea que no se puede traspasar, y que si un profesional de lo bueno y justo, que además es cristiano, se encuentra desgraciadamente en el dilema de tener que obedecer a la Voluntad General o a la Voluntad de Dios, debe seguir ésta. Pues como declaró Edmund Burke, también gran jurista y demócrata (Laws against Proterty in Ireland, IX, p. 350):

«Las leyes humanas carecen de jurisdicción sobre la Justicia original».

Exactamente lo mismo afirmó Radbruch, Ministro de Justicia en la República de Weimar, después de haber sufrido en sus carnes los efectos de leyes injustas (Arbitrariedad legal y Derecho supralegal, 3). Aunque eso no era nada nuevo. Ya en el siglo primero el buen Plutarco escribió un ensayo al que dio un título muy significativo, pues era el de A un gobernante falto de instrucción, en el que se preguntaba (780c): «¿Quién gobernará al que gobierna?». Y el propio Plutarco contestaba lo siguiente:

«La Ley que reina sobre todos, mortales e inmortales, como dijo Píndaro, que no está escrita exteriormente en libros ni en tablas, sino que es una palabra con vida propia en su interior, que siempre vive con él, lo vigila, y jamás deja a su alma desprovista de gobierno».

Es decir, lo que debe gobernar al indocto gobernante es la Ley natural.

José Ramón Recuero

martes, 15 de septiembre de 2009

Contra las patologías sociales, familias sólidas

The Centre for Social Justice, un think tank nacido en el seno del Partido Conservador británico, ha asido la bandera de la defensa de la familia como un remedio eficaz para combatir diversos problemas sociales como la pobreza o la conflictividad social. Ahora acaba de publicar el informe Every Family Matters, en el que solicita reformas legales para promover el matrimonio y la estabilidad familiar.

Every Family Matters es el tercero de una serie de informes sobre la familia elaborado por The Centre for Social Justice. La idea básica que defienden estas investigaciones, impulsadas por el antiguo líder conservador Iain Duncan Smith, es que el aumento de las rupturas familiares está destruyendo la sociedad británica.

El primer informe, titulado Breakdown Britain (diciembre 2006), mostraba los perjudiciales efectos de la crisis familiar y, por consiguiente, los beneficios de la estabilidad conyugal y la necesidad de privilegiarla fiscalmente (ver “Política familiar: el coste de no prevenir”, Aceprensa 27-12-2006).

El segundo, Breakthrough Britain (julio 2007), recogía numerosas propuestas para apoyar a las familias fundadas en el matrimonio. A juicio de los autores, las relaciones comprometidas son esenciales para luchar contra las “cinco vías hacia la pobreza”: ruptura familiar, fracaso escolar, endeudamiento, dependencia de los subsidios y adicción al alcohol y a las drogas.

Esta investigación concluía también que la inestabilidad familiar -un fenómeno alarmante en Gran Bretaña- se había difundido principalmente por tres razones: el aumento de las tasas de divorcio, el descenso de la nupcialidad y la aceptación creciente de la cohabitación. Los autores proponían reformar -con 190 medidas- el caduco sistema de protección a la familia.

El matrimonio, superior a la cohabitación

Tras comprobar que el Parlamento británico ha hecho caso omiso a estas recomendaciones, The Centre for Social Justice ha vuelto a la carga con un nuevo informe repleto de estadísticas y propuestas concretas.

Every Family Matters (julio 2009) recoge la idea de que el aumento de rupturas familiares -el más pronunciado de Europa- no cesará hasta que no se fortalezca el matrimonio. Con ello, los conservadores pretenden desincentivar otras formas de convivencia como las uniones de hecho.
Los datos del informe muestran la caída del número de matrimonios: frente a las 480.000 personas que eligieron casarse a principios de los años 70 del siglo pasado, en 2007 sólo lo hicieron 270.000. Mientras tanto, el fenómeno de la cohabitación va en aumento: en los últimos diez años, el porcentaje de parejas de hecho pasó del 9% al 14%.

Los autores del informe no se oponen a la cohabitación por motivos ideológicos, sino por razones de salud social. Frente a quienes consideran que las diferencias entre las parejas de hecho y los matrimonios son puramente formales, Every Family Matters muestra las distintas consecuencias sociales que se siguen de ambas realidades.

Según los estudios que manejan, las uniones de hecho son dos veces menos estables que los matrimonios. Las diferencias son todavía más marcadas cuando hay hijos de por medio: como media, la mitad de las parejas de hecho se rompen antes de que el hijo cumpla 5 años; en ese tiempo, sólo 1 de cada 12 matrimonios se ha roto.

La sociedad británica cada vez es más consciente de estas implicaciones. De acuerdo con dos encuestas realizadas por YouGov, el 84% de los británicos considera que es importante que las leyes protejan el matrimonio. Y casi el 60% piensa que las leyes deberían fomentar el matrimonio antes que otras estructuras familiares como la cohabitación.

Otros datos relevantes son los relativos a las rupturas familiares. El 15% de los recién nacidos no tiene un padre biológico que viva en el hogar (un dato que, según las previsiones del informe, empeorará en los próximos años). Cerca del 7% de los niños nace sin un padre registrado en la partida de nacimiento. Y la tasa de divorcios, pese a que se está estabilizando, permanece alta: en 2007 hubo 129.000 rupturas.

De nuevo, la preocupación por estos datos no responde a motivaciones partidistas sino a las implicaciones que tienen en la vida familiar y social. Según el informe, los hijos de familias monoparentales -en su mayoría, el padre es el ausente- tienen el 75% más de probabilidad de fracasar en la escuela; el 70% más de ser adictos a las drogas; el 50% de acabar enganchado al alcohol; el 40% más de riesgo de endeudamiento; y el 35% más de terminar dependiendo de los subsidios.

A la vista de estos datos, el informe concluye que lo más razonable para lanzar una política familiar es aparcar la retórica izquierda-derecha y preguntarse: “¿Qué es lo que funciona?” “El Parlamento debería reconocer que los matrimonios sanos construyen familias sanas, y que las familias sanas construyen una sociedad sana”.

El broche de oro de Every Family Matters lo pone una batería de medidas orientadas a fortalecer el matrimonio y la estabilidad familiar. Entre otras cosas, el informe recomienda: un apoyo más efectivo por parte de las comunidades a las familias; implantar cursos pre-matrimoniales que preparen mejor a los futuros esposos; fomentar la conciliación familiar para los matrimonios en crisis, rebajar la equiparación entre las parejas de hecho y el matrimonio, etc.

Juan Messeguer Velasco | Aceprensa

lunes, 31 de agosto de 2009

¿Por qué me convertí al catolicismo?


Aunque sólo hace algunos años que soy católico, sé sin embargo que el problema "por qué soy católico" es muy distinto del problema "por qué me convertí al catolicismo". Tantas cosas han motivado mi conversión y tantas otras siguen surgiendo después... Todas ellas se ponen en evidencia solamente cuando la primera nos da el empujón que conduce a la conversión misma. Todas son también tan numerosas y tan distintas las unas de las otras, que, al cabo, el motivo originario y primordial puede llegar a parecernos casi insignificante y secundario. La "confirmación" de la fe, vale decir, su fortalecimiento y afirmación, puede venir, tanto en el sentido real como en el sentido ritual, después de la conversión. El convertido no suele recordar más tarde de qué modo aquellas razones se sucedían las unas a las otras. Pues pronto, muy pronto, este sinnúmero de motivos llega a fundirse para él en una sola y única razón. Existe entre los hombres una curiosa especie de agnósticos, ávidos escudriñadores del arte, que averiguan con sumo cuidado todo lo que en una catedral es antiguo y todo lo que en ella es nuevo. Los católicos, por el contrario, otorgan más importancia al hecho de si la catedral ha sido reconstruida para volver a servir como lo que es, es decir, como catedral.

¡Una catedral! A ella se parece todo el edificio de mi fe; de esta fe mía que es demasiado grande para una descripción detallada; y de la que, sólo con gran esfuerzo, puedo determinar las edades de sus distintas piedras.

A pesar de todo, estoy seguro de que lo primero que me atrajo hacia el catolicismo, era algo que, en el fondo, debería más bien haberme apartado de él. Estoy convencido también de que varios católicos deben sus primeros pasos hacia Roma a la amabilidad del difunto señor Kensit.

El señor Kensit, un pequeño librero de la City, conocido como protestante fanático, organizó en 1898 una banda que, sistemáticamente, asaltaba las iglesias ritualistas y perturbaba seriamente los oficios. El señor Kensit murió en 1902 a causa de heridas recibidas durante uno de esos asaltos. Pronto la opinión pública se volvió contra él, clasificando como "Kensitite Press" a los peores panfletos antirreligiosos publicados en Inglaterra contra Roma, panfletos carentes de todo juicio sano y de toda buena voluntad.

Recuerdo especialmente ahora estos dos casos: unos autores serios lanzaban graves acusaciones contra el catolicismo, y, cosa curiosa, lo que ellos condenaban me pareció algo precioso y deseable.

En el primer caso —creo que se trataba de Horton y Hocking— se mencionaba con estremecido pavor, una terrible blasfemia sobre la Santísima Virgen de un místico católico que escribía: "Todas las criaturas deben todo a Dios; pero a Ella, hasta Dios mismo le debe algún agradecimiento". Esto me sobresaltó como un son de trompeta y me dije casi en alta voz: "¡Qué maravillosamente dicho!" Me parecía como si el inimaginable hecho de la Encarnación pudiera con dificultad hallar expresión mejor y más clara que la sugerida por aquel místico, siempre que se la sepa entender.

En el segundo caso, alguien del diario "Daily News" (entonces yo mismo era todavía alguien del "Daily News"), como ejemplo típico del "formulismo muerto" de los oficios católicos, citó lo siguiente: un obispo francés se había dirigido a unos soldados y obreros cuyo cansancio físico les volvía dura la asistencia a Misa, diciéndoles que Dios se contentaría con su sola presencia, y que les perdonaría sin duda su cansancio y su distracción. Entonces yo me dije otra vez a mi mismo: "¡Qué sensata es esa gente! Si alguien corriera diez leguas para hacerme un gusto a mi, yo le agradecería muchísimo, también, que se durmiera enseguida en mi presencia".

Junto con estos dos ejemplos, podría citar aún muchos otros procedentes de aquella primera época en que los inciertos amagos de mi fe católica se nutrieron casi con exclusividad de publicaciones anticatólicas. Tengo un claro recuerdo de lo que siguió a estos primeros amagos. Es algo de lo cual me doy tanta más cuenta cuanto más desearía que no hubiese sucedido. Empecé a marchar hacia el catolicismo mucho antes de conocer a aquellas dos personas excelentísimas a quienes, a este respecto, debo y agradezco tanto: al reverendo Padre John O'Connor de Bradford y al señor Hilaire Belloc; pero lo hice bajo la influencia de mi acostumbrado liberalismo político; lo hice hasta en la madriguera del "Daily News".

Este primer empuje, después de debérselo a Dios, se lo debo a la historia y a la actitud del pueblo irlandés, a pesar de que no hay en mí ni una sola gota de sangre irlandesa. Estuve solamente dos veces en Irlanda y no tengo ni intereses allí ni sé gran cosa del país. Pero ello no me impidió reconocer que la unión existente entre los diferentes partidos de Irlanda se debe en el fondo a una realidad religiosa; y que es por esta realidad que todo mi interés se concentraba en ese aspecto de la política liberal. Fui descubriendo cada vez con mayor nitidez, enterándome por la historia y por mis propias experiencias, cómo, durante largo tiempo se persiguió por motivos inexplicables a un pueblo cristiano, y todavía sigue odiándosele. Reconocí luego que no podía ser de otra manera, porque esos cristianos eran profundos e incómodos como aquellos que Nerón hizo echar a los leones.

Creo que estas mis revelaciones personales evidencian con claridad la razón de mi catolicismo, razón que luego fue fortificándose. Podría añadir ahora cómo seguí reconociendo después, que a todos los grandes imperios, una vez que se apartaban de Roma, les sucedía precisamente lo mismo que a todos aquellos seres que desprecian las leyes o la naturaleza: tenían un leve éxito momentáneo, pero pronto experimentaban la sensación de estar enlazados por un nudo corredizo, en una situación de la que ellos mismos no podían librarse. En Prusia hay tan poca perspectiva para el prusianismo, como en Manchester para el individualismo manchesteriano.

Todo el mundo sabe que a un viejo pueblo agrario, arraigado en la fe y en las tradiciones de sus antepasados, le espera un futuro más grande o por lo menos más sencillo y más directo que a los pueblos que no tienen por base la tradición y la fe. Si este concepto se aplicase a una autobiografía, resultaría mucho más fácil escribirla que si se escudriñasen sus distintas evoluciones; pero el sistema sería egoísta. Yo prefiero elegir otro método para explicar breve pero completamente el contenido esencial de mi convicción: no es por falta de material que actúo así, sino por la dificultad de elegir lo más apropiado entre todo ese material numeroso. Sin embargo trataré de insinuar uno o dos puntos que me causaron una especial impresión.

Hay en el mundo miles de modos de misticismo capaces de enloquecer al hombre. Pero hay una sola manera entre todas de poner al hombre en un estado normal. Es cierto que la humanidad jamás pudo vivir un largo tiempo sin misticismo. Hasta los primeros sones agudos de la voz helada de Voltaire encontraron eco en Cagliostro. Ahora la superstición y la credulidad han vuelto a expandirse con tan vertiginosa rapidez, que dentro de poco el católico y el agnóstico se encontrarán lado a lado. Los católicos serán los únicos que, con razón, podrán llamarse racionalistas. El mismo culto idolátrico por el misterio empezó con la decadencia de la Roma pagana a pesar de los "intermezzos" de un Lucrecio o de un Lucano.

No es natural ser materialista ni tampoco el serlo da una impresión de naturalidad. Tampoco es natural contentarse únicamente con la naturaleza. El hombre, por lo contrario, es místico. Nacido como místico, muere también como místico, sobre todo si en vida ha sido un agnóstico. Mientras que todas las sociedades humanas consideran la inclinación al misticismo como algo extraordinario, tengo yo que objetar, sin embargo, que una sola sociedad entre ellas, el catolicismo, tiene en cuenta las cosas cotidianas. Todas las otras las dejan de lado y las menosprecian.

Un célebre autor publicó una vez una novela sobre la contraposición que existe entre el convento y la familia (The Cloister and the hearth). En aquel tiempo, hace 50 años, era realmente posible en Inglaterra imaginar una contradicción entre esas dos cosas. Hoy en día, la así llamada contradicción, llega a ser casi un estrecho parentesco. Aquellos que en otro tiempo exigían a gritos la anulación de los conventos, destruyen hoy sin disimulo la familia. Este es uno de los tantos hechos que testimonian la verdad siguiente: que en la religión católica, los votos y las profesiones más altas y "menos razonables" —por decirlo así— son, sin embargo, los que protegen las cosas mejores de la vida diaria.

Muchas señales místicas han sacudido el mundo. Pero una sola revolución mística lo ha conservado: el santo está al lado lo superior es el mejor amigo de lo bueno. Toda otra aparente revelación se desvía al fin hacia una u otra filosofía indigna de la humanidad; a simplificaciones destructoras; al pesimismo, al optimismo, al fatalismo, a la nada y otra vez a la nada; al "nonsense", a la insensatez.

Es cierto que todas las religiones contienen algo bueno. Pero lo bueno, la quinta esencia de lo bueno, la humildad, el amor y el fervoroso agradecimiento "realmente existente" hacia Dios, no se hallan en ellas. Por más que las penetremos, por más respeto que les demostremos, con mayor claridad aún reconoceremos también esto: en lo más hondo de ellas hay algo distinto de lo puramente bueno; hay a veces dudas metafísicas sobre la materia, a veces habla en ellas la voz fuerte de la naturaleza; otras, y esto en el mejor de los casos, existe un miedo a la Ley y al Señor.

Si se exagera todo esto, nace en las religiones una deformación que llega hasta el diabolismo. Sólo pueden soportarse mientras se mantengan razonables y medidas. Mientras se estén tranquilas, pueden llegar a ser estimadas, como sucedió con el protestantismo victoriano. Por el contrario, la más exaltación por la Santísima Virgen o la más extraña imitación de San Francisco de Asís, seguirían siendo, en su quintaesencia, una cosa sana y sólida. Nadie negará por ello su humanismo, ni despreciará a su prójimo. Lo que es bueno, jamás podrá llegar a ser DEMASIADO bueno. Esta es una de las características del catolicismo que me parece singular y universal a la vez. Esta otra la sigue:

Sólo la Iglesia Católica puede salvar al hombre ante la destructora y humillante esclavitud de ser hijo de su tiempo. El otro día, Bernard Shaw expresó el nostálgico deseo de que todos los hombres vivieran trescientos años en civilizaciones más felices. Tal frase nos demuestra cómo los santurrones sólo desean —como ellos mismos dicen— reformas prácticas y objetivas. Ahora bien: esto se dice con facilidad; pero estoy absolutamente convencido de lo siguiente: si Bernard Shaw hubiera vivido durante los últimos trescientos años, se habría convertido hace ya mucho tiempo al catolicismo. Habría comprendido que el mundo gira siempre en la misma órbita y que poco se puede confiar en su así llamado progreso. Habría visto también cómo la Iglesia fue sacrificada por una superstición bíblica, y la Biblia por una superstición darwinista. Y uno de los primeros en combatir estos hechos hubiera sido él. Sea como fuere, Bernard Shaw deseaba para cada uno una experiencia de trescientos años. Y los católicos, muy al contrario de todos los otros hombres, tienen una experiencia de diecinueve siglos. Una persona que se convierte al catolicismo, llega, pues, a tener de repente dos mil años. Esto significa, si lo precisamos todavía más, que una persona, al convertirse, crece y se eleva hacia el pleno humanismo. Juzga las cosas del modo como ellas conmueven a la humanidad, y a todos los países y en todos los tiempos; y no sólo según las últimas noticias de los diarios Si un hombre moderno dice que su religión es el espiritualismo o el socialismo, ese hombre vive íntegramente en el mundo más moderno posible, es decir, en el mundo de los partidos. El socialismo es la reacción contra el capitalismo, contra la insana acumulación de riquezas en la propia nación. Su política resultaría del todo distinta si se viviera en Esparta o en el Tibet. El espiritualismo no atraería tampoco tanto la atención si no estuviese en contradicción deslumbrante con el materialismo extendido en todas partes. Tampoco tendría tanto poder si se reconocieran más los valores sobrenaturales. Jamás la superstición ha revolucionado tanto el mundo como ahora. Sólo después que toda una generación declaró dogmáticamente y una vez por todas, la IMPOSIBILIDAD de que haya espíritus, la misma generación se dejó asustar por un pobre, pequeño espíritu. Estas supersticiones son invenciones de su tiempo —podría decirse en su excusa—. Hace ya mucho, sin embargo, que la Iglesia Católica probó no ser ella una invención de su tiempo: es la obra de su Creador, y sigue siendo capaz de vivir lo mismo en su vejez que en su primera juventud: y sus enemigos, en lo más profundo de sus almas, han perdido ya la esperanza de verla morir algún día.

G. K. Chesterton

martes, 11 de agosto de 2009

La Comunión Católico-Monárquica al Pueblo Español

de 

El Carlismo siempre ha estado atento y raudo a las necesidades de la política española, con una mentalidad realista y constructiva. Aquí os ponemos un gran ejemplo, extraído del Foro Carlista:

El año 1930 fue decisivo para los españoles; además, todos eran conscientes de que se estaba cerrando una etapa en la historia del país y aventuraban con esperanza el día después de la caida de la monarquía de Alfonso XIII. Para sustituir al caduco y corrupto régimen político de la Restauración, todos los partidos y corrientes ideológicas españolas ofecían soluciones y preparaban proyectos que, en un clima de efervescencia social, se ofrecían al pueblo español. También los carlistas hicieron público el documento que aquí presentamos con el título de La solución nacional. Al pueblo español. Síntesis de los principios y aspiraciones que pueden redimir a la Patria en los momentos actuales.


Al pueblo español


El inextinguible amor a nuestra querida Patria, la grande y gloriosa España, y el deber sacratísimo que, como ciudadanos, tenemos de mostrar a la faz de todos los españoles conscientes las ideas y sentimientos de la Comunión católico-monárquica en que militamos, en estos momentos de gravedad y confusión reconocidas, nos mueven a los Jefes regionales y forales jaimistas a dirigiros estas palabras.



Derechos y deberes

No os habla una colectividad ni un partido, ni menos una facción. Requiere vuestra generosa y cortés indulgencia para escucharnos la antigua España, siempre vigorosa y remozada siempre, para servir a sus propios destinos. La Comunión católico-monárquica es eso: la vívida y tradicional España. No hay otra Comunión tradicionalista que ella, porque su Lema es completo, sin mengua ni mutilación histórica y real de ninguno de sus términos: Dios, Patria, Rey.

De aquí que los genuinos tradicionalistas, antiguos carlistas y actuales jaimistas o legitimistas -términos sinónimos- aspiremos, no sólo a existir con plena personalidad y justa independencia políticas, sino a intervenir y actuar individual y colectivamente en lo que atañe al gobierno de nuestra Patria, para obtener la reivindicación de nuestros derechos, que son, en otro concepto, deberes altísimos, pero en forma tal que no exista por nuestra parte mancha ni claudicación en los principios que sustentamos y en las acciones que realicemos.



La cuestión religiosa


Ansiamos en el orden primordial religioso, el restablecimiento de la Unidad Católica, símbolo de nuestras glorias, espíritu de nuestras leyes, bendito lazo de unión entre todos los españoles que la aman y la piden como una parte integrante de sus más caras aspiraciones. Y la queremos con todas sus consecuencias jurídicas y sociales, y sin que esto suponga opresión de conciencias disidentes, de la manera como los mismos Papas la realizaban en Roma.


Porque es conveniente decirlo muy claro para evitar las falsas y dañosas interpretaciones de cuantos desean presentarnos ante el país como irreverentes monopolizadores de la fe: nuestra gloriosa Comunión, atenta siempre a las circunstancias de su pueblo y sometida incondicionalmente en este punto a las normas de conducta dictadas por la Santa Sede, no dará un paso más adelante ni más atrás que la Iglesia de Jesucristo, según lo declaró oficialmente hace ya cincuenta y seis años, como nunca adscribirá a su bandera, con necio exclusivismo, el amor y la defensa de la Religión, aunque sostiene con fervor indeclinable que si se puede ser católico sin ser carlista, no se puede ser carlista sin ser católico, frase de alto sentido doctrinal y de sugerencias fecundas que será vano intento buscar en ninguno de los partidos españoles.


Para su mayor dignidad y esplendor, propugnamos la independencia económica de la Iglesia, sin ingerencias ni regalías civiles que no sean las concedidas graciosa y espontáneamente por la Santa Sede; la supresión del presupuesto de Culto y Clero y el reconocimiento de la completa personalidad de nuestra Madre para adquirir, retener, administrar y disponer, a tiempo que se le devuelvan sus bienes en láminas por el importe de la debida capitalización de los actuales emolumentos concordados, con el aumento que requieren las necesidades actuales.



La España federativa


Los gloriosos antecedentes históricos de nuestro país; las vehementes aspiraciones legítimas de cuantos elementos orgánicos le constituyen; los solemnes compromisos de los augustos Representantes de nuestra Causa, tantas veces recordados y mantenidos en actos y documentos oficiales; todo nos mueve a manifestar que nuestra Patria idolatrada es y tiene que ser una e indivisible -la España querida de los sublimes amores y de las radiantes grandezas-; pero tan varia y ordenada que forma un conjunto armonioso e indisoluble de antiguos Reinos, Principados y Señoríos, que hay deber imperioso de reconocer en toda su integridad en la manera que los mismos Pueblos soliciten y recaben en sus Cortes o Juntas generales privativas, con el concurso o el acuerdo de su Rey o Señor, conforme a las modificaciones que las circunstancias les aconsejen y ellos estimen y acepten con plena libertad y sin ajenas intromisiones.


No somos regionalistas de última hora como esos partidos, más o menos logreros, más o menos captadores de adhesiones y sufragios, que incorporan a sus falaces programas reivindicaciones descentralizadoras, si no marcadamente separatistas, para conseguir fines de bastardo proselitismo. No existían ellos todavía cuando la Causa tradicionalista, fiel a sus arraigadas convicciones en la, materia, proclamó y sostuvo esa reintegración foral y esa independencia política sin mengua, tibieza ni mancilla de los sentimientos e intereses sacratísimos de la Nación de nuestros amores.


¿Testimonio fehaciente de esta afirmación?... Recordad las palabras y los hechos del gran Carlos VII, quien juró solemnemente los Fueros de Vizcaya só el Árbol venerable de Guernica el 3 de julio de 1875 y cuatro días después los de Guipúzcoa en la Junta general de sus repúblicas, alcaldías y uniones congregada en Villafranca, y -como estuvo dispuesto- hubiera procedido en idéntica forma con los de Álava, Navarra, Cataluña, Aragón, Valencia, Castilla y otras Regiones, si las vicisitudes de la época no le hubiesen obligado a diferirlo para los días de un triunfo que la Providencia nos negó quizá en castigo y escarmiento de nuestro querido país.



Nuestra Monarquía


El Gobierno supremo y general -origen, promotor y salvaguardia de todas las prosperidades de la Patria- debe ser para. nosotros la Monarquía tradicional y legítima, cristiana, templada y representativa, según la Ley fundamental de Felipe V, de 1713, con exclusión, si se extinguieran las líneas de Don Carlos V, de toda rama autora o cómplice de la revolución liberal.


Pero el Rey legítimo entre nosotros ha de reinar y gobernar efectivamente, para que no se sigan los males que denunciaba el gran Pontífice Pío IX cuando, se refería a los constitucionales y parlamentarios del Sistema liberal; si bien, a fin de que jamás caiga en despótico y cesarista, necesita del concurso de las Cortes para resolver los asuntos más interesantes del país y precisa de la cooperación de autorizados e independientes Consejos superiores que le asesoren, a lo que se sigue el coto que limita cualquier absorbencia centralista y absurdamente igualatoria, formado por el respeto exigido al Régimen foral y a las libertades, buenos usos y costumbres consagrados.



Cortes representativas


Las Cortes generales a que nos referimos pues las regionales estarían instituidas y organizadas por cada comarca según su peculiar legislación al caso- serían las que implantaríamos inmediatamente después del triunfo de nuestros ideales, formadas por Diputados o Procuradores con mandato imperativo y determinado cuanto a materias y tiempo, elegidos libremente, en su seno, por las clases y corporaciones previamente organizadas por si mismas; las cuales serían asambleas propiamente representativas de todos los intereses sociales, conocedoras profundamente de éstos y deseosas de la compenetración y equilibrio de todos ellos para la marcha social progresiva y, asimismo, para una recta independencia política, ya que no era incompatible ni difícil que las clases respectivas eligiesen, al mismo tiempo que al agricultor, al obrero, al comerciante, de su entraña misma, al defensor de una tendencia política que no fuese la forma monárquica por estimarla, más protectora de los intereses que dentro de su clase representaba y atendía.



Lógicas aspiraciones


La regeneración del espíritu colectivo, reconociendo sus derechos y ampliándolos a la familia católica, al municipio y a la región autónomos, sin mengua lo repetimos mil veces- de la unidad y poderío de la Patria; el uso de las lenguas regionales en cuanto se refiere a la órbita interior de los territorios que las emplean y sin perjuicio del debido y general de la castellana; el establecimiento de la buena Enseñanza pública y privada, con la libertad de normas que nos define el Pontífice reinante en su reciente y admirabilísima Encíclica sobre el trascendental problema; la reorganización de los Tribunales de justicia y de las leyes de procedimiento y dotación de todo este orden, de modo que el reconocer a cada uno lo suyo fuera elevada función social, gratuita, eficaz, rápida y nada formalista, sin Jurado popular, perturbador y fracasado, serían labores a que pondríamos mano sin dilación ni parcialidad nociva al bien común.



El problema social


Las prevenciones y resoluciones de las denominadas cuestiones sociales las entendemos de tal suerte que sea, en general, la Sociedad misma no el Estado- la que tome a su cargo el asunto, siguiendo en esto el camino de luz que trazó León XIII en la inmortal Encíclica Rerum Novarum. Por esto rechazamos y combatimos las absurdas propagandas que provocan las luchas de clases y propugnamos la armonía de todos los elementos de la producción como fuente fecunda del bienestar social. Por esto protestamos también del irritante intervencionismo de los Gobiernos, que intentan crear un corporativismo artificioso, complicado e infecundo, además de caro y fomentador de parásitos empleados innumerables, para conjurar los conflictos entre capital y trabajo.

Si como base firme de toda la organización natural, empezamos estableciendo el verdadero censo corporativo por la corporación misma, siempre abierto al individuo y a la clase, tendremos la realidad de los componentes y no la injusticia de la intervención abusiva socialista en los organismos oficialmente formados a título absurdo de mayoritismo ficticio, y, aunque fuera cierto, en perjuicio de sectores de trabajo dignos de representación.



Principios tributarios


Esencialísimo el orden económico y hacendístico para la prosperidad material de la Nación, ansiamos acreditar que no admitimos el subversivo principio socialista de que el Estado tiene derecho a participar de las utilidades de la riqueza y del trabajo de los ciudadanos como dijo la Dictadura fenecida- sino que todos tienen el deber de cooperar al levantamiento de las cargas públicas en proporción a su respectivo haber, lo cual no es lo mismo, porque en lo primero se condensa todo el intervencionismo y ambición del Fisco, y en lo segundo toda la obligación, pero armada de facultad de impedir que el Estado se considere dueño y señor de las fortunas privadas e investigador inquieto de lo más íntimo y espiritual.



El militarismo y Marruecos


Debemos apuntar algo sobre el militarismo, temido por muchos, aunque no por los tradicionalistas, ya que lo previenen y resuelven estableciendo el servicio militar voluntario o profesional y la instrucción militar obligatoria, con lo cual el ahorro del Tesoro es incalculable y el de personal y material guerrero también, demostrando así nuestro espíritu pacifista y nuestro propósito de común defensa de la Patria como soldados y obreros y, a la vez, favorecemos la restitución de brazos a los oficios manuales y culturales. La reorganización de la Milicia debería ejecutarse sobre el fundamento de la interior satisfacción especial de los diversos Cuerpos armados en armonía perfecta con la unidad esencial, de mando en operaciones y sin gravamen económico ni moral para la Patria, como era de esperar del alto deber de los interesados.


Íntimamente unido a este problema lo está el de Marruecos, pavorosa pesadilla nacional durante muchos años y que si hoy, como españoles, nos enorgullece ver pacificado con el triunfo de nuestras gloriosas banderas, quisiéramos asegurar para el porvenir en concepto de Protectorado fácilmente soportable, sin que en ningún caso nos requiera un esfuerzo agotador de nuestra expansión y bienestar peninsulares.



Tres ideales nacionales


Igualmente, es aspiración de la Comunión tradicionalista la consecución de lo que Carlos VII llamó en su inolvidable testamento político los tres ideales nacionales: unión íntima con Portugal, nuestra hermana racial y geográfica; compenetración espiritual y material con las naciones hispanas de América, y soberanía íntegra del territorio español, hoy menoscabado con sombría intervención, en el Peñón de Gibraltar.

¡Esto salvará a España!

Tales son, expresadas en síntesis obligada, los principios y los anhelos inscritos en la santa Bandera de la Tradición; únicos que, por su virtualidad intrínseca y por la eficacia de sus soluciones, pueden reintegrar a nuestro querido país su perdido equilibrio moral y sus pasadas grandezas, restaurando sólidamente su orden interior, devolviéndole el pleno ejercicio de sus legítimas libertades y abriendo las vías anchurosas de la prosperidad y de la gloria, como lo exigen de consuno las páginas resplandecientes de sus anales y el soberano requerimiento de sus destinos.


¿Triunfarán un día para la dicha y el engrandecimiento nacionales? Los que firmamos este documento público, dispuestos a realizar cuanto de nosotros dependa en tal respecto, pedimos -y confiamos en que se nos dará sin regateos, mirando al fin altísimo que le inspira- el concurso generoso, decidido y fecundo de los abnegados leales a la Causa y de todos los españoles de buena voluntad, y hacemos esto, fijo el pensamiento en Dios y en España; atentos a la voz imperiosa de las circunstancias del país; resueltos a todos los sacrificios, por arduos que sean, en bien de nuestro pueblo amado, y obedientes siempre, como esclavos de la disciplina, a los mandatos e instrucciones de nuestro augusto Caudillo, el cual, al recibir, conmovido, la gloriosa herencia de su esclarecido Progenitor, el gran Carlos VII, y suscribir todas sus patrióticas afirmaciones, manifestó en su primera alocución, fechada en su castillo de Frohsdorf el 4 de noviembre de 1909: " Jamás el temor a las iras terroristas me hará retroceder un paso en el camino del deber. Soy español y en mi programa no hay sitio para el miedo.La muerte y yo nos hemos saludado muy de cerca en las más sangrientas batallas que recuerda la historia moderna. Entonces combatía bajo la bandera de un gran pueblo que no es el mío y no vacilé. Mejor sabré ofrecer la vida por mi madre España. "


¡No vacilemos nosotros! ¡Ofrezcamos nosotros la vida por nuestra madre España! ¡Y la madre España se salvará! No procediendo así faltaríamos a nuestra obligación de patriotas y mereceríamos la execración de las futuras generaciones.



Madrid, 20 de mayo de 1930.


- Marqués de Villores, Secretario general político en España de Don Jaime de Borbón, por el antiguo Reino de Valencia

-Conde de Arana, por el Señorío de Vizcaya.

-Lorenzo Sáenz Fernández, por Castilla la Nueva.

-Luciano Esteban Polo, por el antiguo Reino de León.

-Juan María Roma, por el Consejo regional de Cataluña.

-Lorenzo de Cura y Pérez Caballero, por Castilla la Vieja.

-Conde de Rodezno, Joaquín Beunza, por la Junta regional de Navarra.

-Tomás Blanco Cicerón, por el antiguo Reino de Galicia.

-Sancho Arias de Velasco, por Asturias.

- Antonio de Echave-Sustaeta, por Álava.

-Francisco Guerrero Vílchez, por Granada.

- José María Bellido Rubio, por Jaén.

-Ildefonso Porras Rubio, por Córdoba